Tier 1 · Ley marco del sector forestal
Ley 1 de 3 de febrero de 1994 — Ley Forestal de la República de Panamá
La Ley Forestal panameña: norma marco que define propiedad de bosques, aprovechamiento, Registro Forestal, autoridad competente, sanciones y la base institucional del sector. Toda la actividad forestal — comercial, conservación, plantación — opera bajo este marco. Modificada por Ley 69/2017 (Art. 91 derogado).
Qué define esta ley
- Propiedad del recurso forestal — diferencia entre bosques en terrenos públicos y privados.
- Aprovechamiento forestal — permisos, planes de manejo (PMF), regulación de tala y exportación.
- Registro Forestal — institución pública que inscribe plantaciones y proyectos.
- Reforestación — definiciones técnicas y procedimientos de inscripción.
- Áreas protegidas forestales — interacción con el SINAP (definido en Ley 41/1998).
- Sanciones — multas y procedimientos por tala ilegal o incumplimiento.
- Autoridad competente — originalmente ANAM, hoy MiAmbiente tras Ley 8/2015.
Modificaciones relevantes
El Artículo 91 fue derogado por el Artículo 28 de la Ley 69 de 2017. Este artículo formaba parte del régimen fiscal forestal asociado a la inscripción en el Registro Forestal. Otras disposiciones permanecen vigentes salvo derogaciones implícitas por reglamentos posteriores.
Análisis completo Ley 1 de 1994
Mapa artículo por artículo: qué sigue vigente, qué fue derogado por la Ley 69/2017, cuál es el procedimiento actual del Registro Forestal y cómo se cruza con la Ley 24/1992 modificada.
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Fuentes oficiales
Texto original: Gaceta Oficial · 3 de febrero de 1994 · disponible vía FAOLEX (FAO).
Modificación: Ley 69 de 30 de octubre de 2017, Artículo 28 (deroga Art. 91 de esta ley) · Asamblea LEGISPAN.